miércoles, 4 de junio de 2014

DELITOS INFORMATICOS EN COLOMBIA


Alexander Díaz García, Juez segundo de control de garantías de Róvira (Tolima) y especialista en nuevas tecnologías y protección de datos, asegura que Colombia es el primer país en tener una legislación tan clara sobre este delito.
“En otras partes no se protege la información y el dato, sino que se cubre el delito clásico que puede ser el patrimonio económico. Lo único es que le ponen el rótulo o nombre adicional de informático cuando se comete a través de medios electrónicos”, dijo el experto.
En Colombia, durante 2011 se discutió la “Ley Lleras”, la cual buscaba regular la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en Internet, y que terminó cayéndose luego de varias protestas y de una serie de argumentos frente a los cuales el Presidente del Senado del momento, Juan Manuel Corzo, expresó: “hoy promoví el hundimiento de una Ley que cercena la libertad de comunicación de prensa, de los medios de comunicación, de los twitteros y de los cibernautas en Colombia. Hoy todas las redes sociales tienen la total libertad mundial de seguir, insisto, con absoluta libertad, el desarrollo de sus aplicaciones y sin ningún tipo de restricción." En 2012, con motivo de la aprobación del Tratado de Libre Comercio – TLC con los Estados Unidos, Colombia revivió con “urgencia” el tema de la legislación informática e incluye una serie de normas que controlan el uso de información en el ciberespacio dentro del Proyecto de Ley 201 de 2012 “por medio de la cual se implementan compromisos adquiridos por virtud del acuerdo de promoción comercial suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de  América y su protocolo modificatorio, en el marco de la política de comercio exterior e integración económica”.
 El gobierno radicó el Proyecto de Ley el pasado 20 de marzo ante el Congreso con un llamado de “urgencia” por ser acuerdos necesarios para la firma definitiva del TLC; el viernes 23 de marzo las Comisiones Segundas de Cámara y Senado dieron su visto bueno y se prevé que el Proyecto sea aprobado sin ningún tipo de discusión en los próximos días, amparado bajo la premura del TLC. La sociedad civil y los ciudadanos digitales están consternados por la forma en que se está desarrollando el debate político, especialmente por la ausencia del mismo, ya que no ha habido espacio para que sean escuchados los argumentos a favor y en contra del articulado que haría parte de la Ley. Como herramienta para alimentar el debate público presentamos los textos completos de los Proyectos de Ley presentados en Colombia, y los textos de las legislaciones similares aprobadas en otros países, además de dos textos relacionados con la temática expuesta.

Ley SOPA.
La Stop Online PiracyAct (Acta de cese a la piratería en línea) también conocida como Ley SOPA o Ley H.R. 3261; fue un proyecto de ley presentado en la Cámara de Representantes de los Estados Unidos el 26 de octubre de 2011 por el Representante Lamar S. Smith que tiene como finalidad expandir las capacidades de la ley estadounidense para combatir el tráfico de contenidos con derechos de autor y bienes falsificados a través de Internet.
“En este caso la mencionada ley afectaría a los Colombianos, debido a que buena parte de la infraestructura y servicios que se usan en Colombia, se hallan en Estados Unidos y están sujetos a la legislación de allá.” Dijeron expertos
 
Delitos informáticos en otros países:
 
País
Legislación
Características generales
Argentina
Código Penal, Ley
26.388 (2008),
Ley 25.326 (2000)
A partir de Junio de 2008, la Ley 26.388 conocida como la “ley de delitos informáticos” ha incorporado y realizado una serie de  modificaciones al Código Penal argentino. Es decir, la misma no regula este tipo de delitos en un cuerpo normativo separado del
Código Penal (CP) con figuras propias o independientes, sino que dicha ley modifica, sustituye e incorpora figuras típicas a diversos artículos del CP actualmente en vigencia. Se modificó el Epígrafe del Capítulo III cuyo nuevo título es "Violación de Secretos y de la Privacidad", Los artículos que modifica o agrega son: 128, 153, 153 bis, 155, 157, 157 bis, 173, 183, 184, 197, 255. El art. 157 bis ya había sido incorporado por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales (2000) pero fue modificado por la Ley 26.388.
México
Reforma 75 del Código
Penal Federal (1999)
Mediante reformas se crearon en el Código Penal Federal, los artículos 211 bis 1 al 211 bis 7, que buscaron tipificar los delitos informáticos clásicos teniendo en consideración la fecha de su incorporación. Se destaca la diferente que atentan contra los sistemas de cómputo que pueden o no, ser parte del sector financiero mexicano. Es importante destacar, que algunos Estados Mexicanos  tienen además sus propias normas penales, incorporando otros delitos informáticos no analizados en este trabajo.
Venezuela
Gaceta Oficial Nº
37.313 (2001)
Posee una ley especial sobre Delitos Informáticos. Contiene 33 artículos y están clasificados en 5 Capítulos a saber: Contra sistemas que utilizan TI; Contra la propiedad; Contra la privacidad de las personas y las comunicaciones; Contra niños y adolescentes; Contra el orden económico.
España
Ley-Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre/
BOE número 281, de 24 de Noviembre de 1.995
En España, los delitos informáticos son un hecho sancionable por el Código Penal en el que el delincuente utiliza, para su comisión, cualquier medio informático. Estas sanciones se recogen en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre en el BOE número 281, de 24 de noviembre de 1995. Éstos tienen la misma sanción que sus homólogos no informáticos. Por ejemplo, se aplica la misma sanción para una intromisión en el correo electrónico que para una intromisión en el correo postal.

Cuadro comparativo de los delitos informáticos de Colombia con algunos países:
País
Acceso ilícito
Interpretación ilícita
Atentados contra la integridad de los datos
Atentados contra la integridad del sistema
Abuso delos dispositivos
Falsedad informática
Fraude o estafa informática
Pornografía infantil
Colombia
Art. 269 A
Art. 269 C
Art. 269 D
Art. 269 B y D
No encontrado
No encontrado
Art. 269J
Art. 218
Argentina
Art. 153 bis

Art. 153
Art. 183 2do párrafo

Art. 183 2do
Párrafo y Art.
197.

No encontrado.
Art. 292
Art. 173 inc. 16
Art. 128
México
Art. 211 bis 1

Art. 168 bis
Art. 211 bis 1
Art. 167, 211 bis
2 y 3
Art. 424 bis
No encontrado.
No encontrado.
Art. 202
Venezuela
Art. 6
Art. 21
Art. 7 ,2do párrafo
Art. 7 ,1er párrafo
Art. 10 y 9
Art. 12
Art. 14
Art. 24
España
Art. 197 y 278
Art. 200
Art. 270
Art. 263
Art. 256
Art. 211
Art. 248
Art. 189




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